¿Qué es la Residencia por Arraigo Familiar?
La residencia por arraigo familiar es un permiso de residencia temporaria que se otorga por circunstancias excepcionales a los ciudadanos extranjeros que estén en España, que sean padres de menores de edad de nacionalidad española o a extranjeros que sean hijos de padres que hubieran sido originariamente españoles.
¿Para qué sirve la Residencia por Arraigo Familiar?
Este documento permite residir legalmente en España y otorga la posibilidad de trabajar en el territorio español por un periodo de un año, el cual puede ser renovable al terminar el plazo concedido.
¿Quién puede solicitar la Residencia por Arraigo Familiar?
Este es un tipo de residencia que pueden solicitar los ciudadanos extranjeros que no sean comunitarios y tengan un nexo familiar de primer grado con un ciudadano español, bien sea por ser padre o madre de un menor español o hijo de un ciudadano originalmente español.
Además de este parámetro, el solicitante deberá cumplir con ciertos requisitos exigidos para ser admisible.
Requisitos para solicitar la Autorización de Residencia por Arraigo Familiar.
- No ser ciudadano de un país perteneciente a la Unión Europea, de Suiza o de los países que forman parte en el Acuerdo del Espacio Económico Europeo. Tampoco podrán ser familiares de ciudadanos comunitarios.
- Tener un historial penal limpio en España y no tener antecedentes penales en ningún país donde haya residido previamente.
- Tener libre acceso a España y no ser rechazable por alguna circunstancia, tanto en el país de ingreso como en países que tengan acuerdo de este tipo con España.
- No encontrarse en el periodo de Compromiso de no Retorno a España.
- Deberá ser padre o madre de un menor de edad con nacionalidad española, o ser hijo de padres que hubieran sido originalmente españoles.
Normativa reguladora
Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero
Referida a los derechos y libertades de los extranjeros en España y lo referente a su integración social, contenido en el artículo 31.3 de la misma.
Reglamento de la ley orgánica 4/2000, aprobado por real decreto 557/2011, de 20 de abril
Establecido en los artículos del 123 al 130.
Instrucción DGI/SGRJ/10/2008
La cual hace referencia a las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales, en el caso de tratarse de hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.
Documentos necesarios solicitar la Residencia por Arraigo Familiar
✔ Presenta la solicitud del modelo oficial EX-10, en duplicado y firmado por el solicitante.
✔ Copia del Pasaporte con al menos 4 meses de vigencia.
✔ Certificado de antecedente penales, emitido por las autoridades del Estado donde haya tenido su residencia previo a entrar a España, con un tiempo de validación de 5 años.
✔ Documento que corrobore el vínculo familiar y la nacionalidad, según sea el caso:
- Si es padre o madre de un menor, deberá presentar el Certificado de nacimiento del menor de nacionalidad española.
- De ser hijo del ciudadano español, deberá consignar tanto Acta de nacimiento del solicitante como de su padre o madre de origen español.
Procedimiento para obtener la Residencia por Arraigo Familiar.
Pedir Cita Previa para pedir la Residencia por Arraigo Familiar
Lo primero que se debe hacer es PEDIR CITA PREVIA para poder entregar todos los documentos de los que hemos hablado antes, para ello te aconsejo que lo hagas siguiendo los pasos de nuestra guía.
¿Dónde solicitar cita para la Residencia por Arraigo Familiar?
La solicitud debe ser presentada personalmente por el ciudadano interesado en obtener la Residencia por Arraigo Familiar.
La solicitud se debe realizar en una de las oficinas de extranjería habilitadas para ello en la provincia donde esté interesado en residir.
Tasas a pagar para la Residencia por Arraigo Familiar
Se debe pagar tasa por el Modelo 790 con código 052.
Costo: 37,52 €.
Por concepto de: Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
¿Cómo es el documento que obtengo?
Una vez presentados los documentos exigidos por la ley y que su solicitud sea aprobada, el extranjero recibirá una Autorización de Residencia, la cual vendrá acompañada de una Autorización de Trabajo por cuenta propia o ajena.
¿Por cuánto tiempo se otorga este documento?
Este documento tendrá una validez de 1 año y puede ser renovado al terminar el plazo.
Por medio de estos documentos se debe solicitar la Tarjeta de Identificación de Extranjeros (TIE), la cual se debe hacer en los próximos 30 días luego de haber sido otorgada la residencia por arraigo familiar.
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