Residencia para Estudiantes Extranjeros

¿Qué es la Residencia para Estudiantes Extranjeros?

Es un permiso de residencia temporaria que se otorga a estudiantes extranjeros que planean realizar alguna actividad educativa o académica en España.

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Puede ser otorgada a estudiantes por distintos motivos, entre los que se enumera:

Autorización de estancia por estudios.

Para asistir o ampliar un programa de estudios a tiempo completo en un centro educativo autorizado de España, que permita obtener un título o certificado al finalizarlo.

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Autorización de estancia por movilidad de alumnos.

Permite participar en un programa de movilidad estudiantil, un programa de escuela secundaria y/o un curso de licenciatura, en una institución educativa o de investigación oficialmente reconocida.

Autorización de estancia por prácticas no laborales.

En caso de pretender realizar prácticas no laborales en una institución o establecimiento educativo público o privado.

Autorización de estancia en actividades de investigación o formación.

Para realizar actividades de investigación o formación, sin ejercer alguna acción laboral en España.

Autorización de estancia por servicios de voluntariado.

Permite llevar a cabo un servicio voluntario en el marco de un programa con objetivos de intereses generales.

Autorización de estancia por estudios – Movilidad dentro de la Unión Europea.

Otorga la posibilidad a los estudiantes extranjeros que son admitidos en otro Estado miembro de la Unión Europea de estudiar o completar parte de sus estudios en España.

Prórroga de autorización de estancia por estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado.

Dirigido a aquellas personas que realizan estudios, intercambios de estudiantes, prácticas o voluntariado en España y que quieran renovar su permiso de estancia por haber completado el tiempo permitido. Este se puede renovar anualmente y así mismo admite la renovación del permiso de residencia de los familiares de estos estudiantes internacionales que hayan sido admitidos.

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¿Para qué sirve esta Residencia para Estudiantes Extranjeros?

Este documento permite la estancia legalmente en el territorio Español por más de 90 días mientras se realizan estudios, con un límite máximo de 1 año, pudiendo ser prorrogable.

¿Quién puede solicitar la Residencia de Estudiantes Extranjeros?

Podrá ser solicitado por extranjeros que desean realizar alguna actividad académica, intercambios de alumnados, prácticas no laborales, servicio de voluntariado bien sea en una organización pública o privada, mientras ésta tenga un reconocimiento oficial en España.

Además es importante conocer que podrá ser solicitado tanto por personas pertenecientes a la Comunidad Europea comopor ciudadanos extracomunitarios.

Requisitos para solicitar la Residencia de Estudiantes Extranjeros.

No pueden ser ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, ni estar emparentados con ciudadanos de esos países. A excepción de los casos que se solicitan por motivo de Movilidad dentro de la Unión Europea.

No deben poseer prohibición de entrada a España ni se les podrá considerar inadmisibles en los países con los que España haya firmado un acuerdo a tal efecto.

Deberán disponer de recursos financieros suficientes para cubrir los gastos de su estadía en España y el regreso a su país. En este caso se solicita lo siguiente:

  • Contar con los recursos mensualmente equivalentes al 100% de los fondos del IPREM.
  • Para la manutención de sus familiares, el 75% del IPREM mensual para el primer pariente y el 50% del IPREM para cada uno de los demás.

Nota: En ambos casos quedará exento de demostrar este factor si se certifica debidamente que el alojamiento se ha pagado por adelantado para toda la duración de la estancia en el país.

Contratar un seguro médico público o privado con una compañía de seguros aprobada en España.

En el caso de los estudiantes menores de edad que no estén acompañados por sus padres o tutores, tendrán que suministrar una autorización certificada donde se afirme que la organización, institución u organismo responsable de la actividad  tiene la responsabilidad del menor durante su estancia.

Debe comprobar que ha sido admitido para cursar estudios a tiempo completo en un centro educativo autorizado en España, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.

Si la duración de la estancia superará los seis meses será necesario incluir:

En el caso de personas mayores de edad, no deben tener condenas previas por delitos según la legislación Española ni en los países donde hayan residido en los últimos cinco años.

No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener consecuencias graves para la salud pública, conforme con las disposiciones del Reglamento Sanitario Internacional de 2005.

Requisitos adicionales según sea la autorización estudiantil que solicite

Para cada caso particular se deberán cumplir con los siguientes parámetros:

Autorización de estancia por estudios

Estar matriculado en un programa a tiempo completo en un centro educativo autorizado de España, que permita obtener un título o certificado de finalización.

Autorización de estancia en actividades de investigación o formación

Estar admitido en un centro oficialmente reconocido en España para actividades de investigación o formación.

Autorización de estancia por movilidad de alumnos

  • Ser admitido en una escuela secundaria o un centro de investigación oficialmente reconocido.
  • Admisión en un programa de movilidad estudiantil de una organización reconocida oficialmente.
  • Que la institución u organización de movilidad se responsabilice del estudiante durante su estancia, en particular de los gastos de matrícula, alojamiento y se encargue del regreso a su país de origen.
  • Que sean aceptados por la familia o la institución en las condiciones establecidas por la ley, que serán elegidas por la organización responsable del programa de movilidad.

Autorización de estancia por prácticas no laborales

  • Realizar prácticas en virtud de un acuerdo firmado con una institución u organización pública o privada.
  • Haber sido admitido en una empresa pública o privada de formación profesional oficialmente reconocida.

Autorización de estancia por servicios de voluntariado

  • Llevar a cabo actividades de voluntariado en virtud de un acuerdo firmado con la organización responsable del programa de voluntarios.
  • La organización debe contratar una póliza de seguro de responsabilidad civil para sus actividades

Autorización de estancia por estudios -Movilidad dentro de la Unión Europea

  • Ser admitido para realizar o ampliar estudios en otro Estado miembro de la Unión Europea.
  • Admisión en un centro educativo español acreditado en un programa a tiempo completo que conduzca a una licenciatura, titulo o certificación al culminar los estudios.

Prórroga de autorización de estancia por estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado

  • Prueba de que sigue cumpliendo los requisitos específicos de la actividad para la que ha obtenido la autorización de residencia en España.
  • Aprobar los exámenes utilizados para medir el aprendizaje en la institución o continuar con su colaboración no laboral, o servicio de voluntario.

Nota: Este último requisito puede acreditarse realizando investigaciones o estudios en otro Estado miembro de la Unión Europea en el marco de programas temporales financiados por la propia Unión.

Normativa reguladora

Directiva del Consejo 2004/114/CE, del 13 de diciembre de 2004

Relativa a los requisitos de admisión de los nacionales de terceros países a efectos de estudios, intercambio de alumnos, prácticas no remuneradas o servicios de voluntariado.

Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero

Sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, específicamente en sus artículos 25 bis. f, 30 y 33.

Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril

En sus artículos del 37 al 42.

Documentos necesarios para solicitar la Residencia de Estudiantes Extranjeros en General.

Formulario de solicitud de visado nacional, según el modelo oficial con una copia, debidamente firmado por el extranjero o su representante legal en el caso de un menor.

Pasaporte reconocido como válido en España, con una vigencia mínima del tiempo para el que se solicita la autorización de residencia.

Documento que certifique que dispone de los recursos económicos necesarios para el período que solicita residencia en el territorio español y para el retorno a su país de origen.

En el caso de los estudiantes menores de edad, deben contar con permiso de sus padres o tutores, indicando al centro, la organización o institución como la autoridad responsable del menor en el período de las actividades, durante la estancia prevista.

Documentos que confirman que tiene un seguro médico válido en el territorio Español.

Si la duración de la estancia supera los seis meses necesitará presentar:

  • Certificado médico.
  • Si es mayor de edad, un certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades de su país de origen o del país en que haya residido durante los últimos cinco años.

Requisitos adicionales según sea el tipo de permiso solicitado.

Además, según sea el permiso solicitado para la residencia provisional en España deberán presentar documentos específicos:

Autorización de estancia por estudios.

  • Los documentos que certifican la admisión en el centro educativo.

Autorización de estancia en actividades de investigación o formación.

  • Documentos que certifican la admisión en un centro de enseñanza oficialmente reconocido en España.

Autorización de estancia por movilidad de alumnos.

  • Documentos que certifican la admisión en una escuela secundaria o instituto de investigación oficialmente reconocido.
  • Documento de admisión como participante en un programa de movilidad estudiantil.
  • Certificación donde se demuestre que la organización de movilidad es responsable de los gastos de matrícula, del periodo de estancia en el territorio español y por último el regreso del estudiante a su país de origen.
  • Acreditación de que ha sido aceptado por una institución o familia.

Autorización de estancia por prácticas no laborales.

  • Un duplicado del acuerdo firmado con una organización pública o privada.
  • Documentos que corroboren la admisión en una empresa pública o privada de formación profesional oficialmente reconocida en el territorio español.

Autorización de estancia por servicios de voluntariado.

  • Un acuerdo firmado con la organización responsable del programa de voluntarios, que contiene una descripción de las actividades y sus condiciones, su cronograma, los fondos disponibles para cubrir los gastos de viaje, alimentación y alojamiento.

Autorización de estancia por estudios – Movilidad dentro de la Unión Europea.

  • Documentos que confirman su condición de estudiante en otro Estado miembro de la Unión Europea.
  • Documento que confirme que ha sido aceptado para estudios a tiempo completo, el cual otorgará una certificación o título al culminar la formación.

Prórroga de autorización de estancia por estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado.

  • Prueba de que cumple ciertos requisitos para la actividad para la que se le ha concedido un permiso de residencia en España.
  • De ser necesario, documentos que demuestren que ha sido acreditado después de haber superado las pruebas y para continuar sus estudios, investigaciones, formación o servicios de voluntariado.

Procedimiento para obtener la Residencia de Estudiantes Extranjeros.

Pedir Cita Previa para pedir la Residencia de Estudiantes Extranjeros.

Lo primero que se debe hacer es PEDIR CITA PREVIA para poder entregar todos los documentos de los que hemos hablado antes, para ello te aconsejo que lo hagas siguiendo los pasos de nuestra guía.

¿Dónde solicitar cita para la Residencia de Estudiantes Extranjeros?

La solicitud debe ser presentada personalmente por el ciudadano interesado en obtener la Residencia de Estudiantes Extranjeros.

La solicitud se debe realizar en una de las oficinas de extranjería habilitadas para ello en la provincia donde esté interesado en residir.

Tasas a pagar para la Residencia de Estudiantes Extranjeros.

Se debe pagar tasa por la solicitud de autorización o visado para el tránsito en el territorio europeo, según sea el caso:

  • Para los estudiantes no pertenecientes a la Comunidad Europea con edades comprendidas entre los 6 a 12 años, se deberá cancelar el valor del visado.

Costo del visado: 40€.

  • Estudiantes extracomunitarios con edad superior a los 12 años,deberán pagar la emisión del visado correspondiente.

Costo del visado: 80€.

  • En el caso de solicitud de prórroga se deberá pagar el Modelo 790 código 052.

Costo de la tasa: 30,60€

Por concepto de: Prórroga de estancia de corta duración con visado.

¿Cómo es el documento que obtengo? ¿Por cuánto tiempo se otorga este documento?

De acuerdo a la situación de cada solicitante se emitirá un documento acorde a su solicitud:

  • En los casos de estancia por estudios, actividades de formación, movilidad de alumnos, prácticas no laborales y servicios de voluntariado, se emitirá un visado  que deberá ser reclamado en los próximos dos meses de haber sido otorgado y tendrá una duración máxima de 1 año.
  • En el caso de solicitud de Prórroga de estancia por estudios, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado, se emitirá una Prorroga de Autorización de estancia por estudios, por un plazo determinado en la resolución, según sea el caso de cada solicitante.
  • Para los casos de solicitud de estudiantes en situación de Movilidad dentro de la Unión Europea, se otorgará una Autorización de estancia por estudios, donde se otorga un plazo de 3 meses para entrar a España, en el caso de que el solicitante se encuentre fuera del país.

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