La residencia no lucrativa es un permiso de residencia temporal que autoriza a los extranjeros que no pertenecen a la comunidad europea para poder permanecer en España por más de 90 días sin realizar actividades específicas, bien sea laborales o profesionales.
Esto solo es posible siempre que el solicitante logre demostrar que posee los medios económicos suficientes para poder mantenerse a sí mismo y de ser el caso, a sus familiares.
Este documento puede ser solicitado desde su país de origen.
¿Para qué sirve la residencia no lucrativa?
Con este documento un extranjero podrá quedarse en España por periodos mayores a los 90 días estipulados legalmente, pudiendo ser renovable cada año.
¿Quién puede solicitar la residencia no lucrativa?
Puede ser solicitada por todo aquel extranjero que no pertenezca a la Comunidad Europea, a Suiza o a los países miembros del Acuerdo del Espacio Económico Europeo, y que pueda demostrar que cuenta con los medios económicos suficientes para poder mantenerse en el periodo que desea estar en España.
Requisitos que se deben cumplir para poder solicitar la residencia no lucrativa
- No estar de forma ilegal en el país.
- No poseer antecedentes penales, de ningún tipo y en ningún país donde haya residido anteriormente.
- No tener prohibición alguna de entrar a España o a cualquier país con el que España tenga convenios.
- Deberá poseer el dinero suficiente para poder mantenerse y a su familia. En este caso debe demostrar que cuenta con un 400% del IPREM para sus gastos propios y el 100% del IPREM por cada uno de los familiares que debe mantener.
- Es necesario tener activo un seguro privado o público para casos de enfermedades, que cumpla sus funciones en España.
- No debe estar actualmente en el periodo de compromiso de no retorno a España.
- No poseer alguna enfermedad que pueda suponer algún riesgo para los residentes.
Normativa reguladora
- Ley Orgánica 4/2000 de 11 de Enero
Referente a los derechos y las libertades con las que cuentan los extranjeros en España para la integración social, específicamente en los artículos 30 bis y 31.
- Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril
Ligado a la ley mencionada previamente, en específico los artículos del 45 al 49 del reglamento.
Documentos necesarios para solicitar la residencia no lucrativa
- Llenar el Modelo oficial de Solicitud de Visado de Residencia, el cual debe ser presentado impreso y en duplicado.
- Pasaporte con al menos 1 año de vigencia.
- Certificado de antecedentes penales o alguno que demuestre su conducta penal, expedido en los países donde ha residido durante los últimos 5 años.
- Comprobante de poseer un seguro de salud válido, bien sea privado o público.
- Documento que verifique la capacidad de poder mantenerse económicamente en España, durante el tiempo que requiere estar en el país.
- Certificado médico, donde se demuestre que no posee alguna patología que pueda afectar a los residentes.
- Cancelar las tasas requeridas para la solicitud.
Procedimiento para obtener la residencia no lucrativa
Pedir Cita Previa para pedir la residencia no lucrativa
Lo primero que se debe hacer es PEDIR CITA PREVIA para poder entregar todos los documentos de los que hemos hablado antes, para ello te aconsejo que lo hagas siguiendo los pasos de nuestra guía.

¿Dónde solicitar cita para a residencia no lucrativa?
La solicitud se debe realizar en una de las oficinas de extranjería habilitadas para ello en la provincia donde esté interesado en residir.
Tasas a pagar para a residencia no lucrativa.
Para este trámite se deberán pagar dos tasas:
Tasas por expedición de visado
Con un costo de: 80 €.
Tasa por autorización de residencia
Costo de la tasa: 37,52 €.
Por concepto de: Modelo 790 con código 052.
Nota: es importante recordar que este proceso se inicia en el país donde se encuentra el solicitante por lo que este precio se debe calcular con la tasa de conversión del país donde se realiza la solicitud.
¿Cómo es el documento que obtengo?
Una vez que se verifiquen todos los documentos que previamente se describieron y de ser aprobada la solicitud, será expedido un visado que se adosa al pasaporte del solicitante.
Dicho visado debe ser reclamado en un plazo máximo de 30 días después de haber sido otorgado y quien lo recibe debe entrar a España en el periodo de vigencia del mismo que será de tres meses.
¿Por cuánto tiempo se otorga este documento?
Así mismo recibe la Autorización de Residencia temporal, cuya duración será de 1 año y entra en vigencia una vez que el extranjero entra a España.
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